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Specialists in recreational maritime and nautical law in the Balearics

IMPORTANT ANNOUNCEMENT 27th May

28/05/2020
IMPORTANT ANNOUNCEMENT 27th May

AVISO MÁS IMPORTANTE

La tensión relacionada con el chárter que venimos sufriendo desde la semana pasada se ha terminado, en parte.

Desde hoy y de acuerdo con la Instrucción 9/2020, de 27 de mayo, del Vicepresidente de Ports de les Illes Balears, se levanta la suspensión de la actividad de arrendamiento náutico en Baleares.

Por fin se puede hacer volver a hacer chárter en Baleares.

No obstante, el desarrollo de la actividad se sujeta las mismas condiciones que se establecieron para la navegación privada, es decir:

  • Pueden navegar en chárter las personas que tengan su domicilio en la misma isla en la que esté amarrada la embarcación.
  • No se puede superar el 50% del de las personas autorizadas que figuren en el certificado de navegabilidad, salvo que se trate de personas que convivan en el mismo domicilio en cuyo caso puede embarcar el total de personas indicado en el certificado, sin superar en ningún caso el número de diez personas embarcadas.
  • Si se alquilan motos náuticas solo podrá ir una persona a bordo salvo que se trate de personas que convivan en el mismo domicilio en cuyo caso podrá ir el número que establezca el fabricante.
  • La navegación no podrá superar las 12 millas del puerto o instalación de amarre desde el que se comience la navegación y solamente se podrá navegar entre puertos o puntos del municipio.
  • No se permite la entrada de embarcaciones o buques de recreo de bandera extranjera salvo que tuvieran puerto de estadía en España.
  • Se deberán adoptar medidas de desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene en las embarcaciones.